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Tribunal confirma condena de 9 años de cárcel a Javier Duarte, aunque frena deco

La magistrada que recibió la apelación consideró suficientes e idóneas las pruebas contra el exgobernador de Veracruz que presentó la PGR.

Publicado: 18 de MAY 2020 en Tendencias y Estilo 0 comentarios

Un Tribunal federal confirmó la sentencia de 9 años de prisión impuesta desde 2018 al exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, por los delitos de lavado de dinero y asociación delictuosa, tras considerar que el proceso penal en el que aceptó declarase culpable fue totalmente legal.

En la resolución de la que Animal Político tiene copia, la magistrada Isabel Porras Odriozola – titular del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal de Ciudad de México – concluyó que las pruebas ofrecidas por la entonces PGR fueron idóneas para sostener que Duarte participó en un entramado criminal que a través de empresas fantasma y prestanombres consiguió desviar recursos del erario.

No obstante, la magistrada revocó el decomiso de más de 40 propiedades supuestamente ligadas a Duarte que se había ordenado como parte de la condena, pues señaló que se trata de bienes de otros procesados que aun no son condenados, y por lo tanto debe esperarse hasta el cierre total de caso.

Esta resolución del Tribunal federal es resultado de una apelación que Duarte promovió en contra de la sentencia condenatoria que se le dictó desde el 26 de septiembre de 2018. El procedimiento se alargó más de un año debido a que el exgobernador tuvo que recurrir a un amparo para que se le permitiera solicitar la revisión del procedimiento.

Originalmente Duarte fue sentenciado en una audiencia preliminar, en la que el exgobernador priista se declaró culpable y renunció a su derecho de ir a un juicio, en lo que se conoce como “procedimiento abreviado”. A cambio, consiguió que se le dictara la pena mínima y que, gracias a un acuerdo previo con la PGR, se le retirara el delito más grave que era el de delincuencia organizada.

Pero después la defensa del exgobernador argumentó que las pruebas bancarias en las cuales se sostenía la acusación de lavado de dinero habían sido obtenidas por la Procuraduría, sin el aval de un juez, lo que incluso ha provocado que otros procesados del mismo caso terminen absueltos.

Sin embargo, la magistrada subrayó que fue el propio Duarte el que aceptó renunciar a su derecho de defenderse en un juicio y de combatir las pruebas del Ministerio Público, quitándose él mismo la posibilidad de haber entrado al fondo de su asunto.

“La sentencia se funda en los hechos y las pruebas aceptadas por el acusado (…) Es inadmisible que en la apelación se analicen aspectos que ya fueron previamente convenidos y expresamente aceptados ante el juez de control, en cuanto al delito y la responsabilidad. Lo único exigible ante el juez y luego ante el tribunal, es que los datos de prueba sean suficientes e idóneos”, concluye la magistrada.

Proceso correcto, pruebas suficientes

Para llegar a la conclusión ya señalada, la magistrada Porras Odriozola analizó dos aspectos centrales: que el proceso abreviado se hubiera desarrollado conforme marca la ley, lo que incluye que Duarte conociera las consecuencias; y que las pruebas referidas por la PGR tuvieran la suficiente lógica para sustentar la presunción de que se cometieron los delitos.

En cuanto al tema de la forma en cómo se llevó el proceso abreviado, la magistrada consideró que fue correcto dado que el juez a cargo del caso (Marco Antonio Fuerte Tapia) explicó detenidamente al exgobernador de qué se trataba un proceso abreviado, y de los derechos a los que renunciaba si no llegaban a juicio.

Los audios originales de cómo se llevó a cabo la audiencia y cómo se realizó este procedimiento ya fueron publicados por Animal Político. En síntesis, el juez le pregunta a Duarte si accede a declararse culpable sin ir a juicio y dejando de lado la posibilidad de combatir con sus propias pruebas los señalamientos en su contra, lo que el exgobernador acepta.

En cuanto al tema de los datos de prueba presentados por la PGR, y que ya no fueron desahogados pues no se llegó a juicio, la magistrada considera que estos son idóneos para sostener la acusación consistente en que Javier Duarte “durante los años 2011 a 2016 dirigió una organización criminal” que a partir de compañías fachada y prestanombres desvió recursos del erario de Veracruz, para luego ser aprovechados con fines personales.

En la resolución la magistrada enumera 46 distintas pruebas entre las que se encuentran dictámenes periciales, operaciones financieras, actas notariales, documentos de otros tipos, y las declaraciones y confesiones de personas ligadas a las operaciones irregulares que participaron o conocieron de los hechos.

Uno de esos testimonios es el del extesorero de Veracruz y exdiputado federal del PRI Antonio Tarek Abdalá, quien sostuvo que pagó a empresas fantasma por órdenes de Duarte. Cabe señalar que la defensa de Karime Macías, esposa del exgobernador, ya ha denunciado a Tarek por falsedad de declaraciones.

Por su lado los defensores del exgobernador intentaron argumentar que varias de las pruebas presentadas por la PGR tendrían que ser desestimadas porque se obtuvieron violando los derechos humanos del exgobernador, y también argumentaron que el juez había valorado de forma incorrecta los delitos.

La magistrada negó lo anterior no por el hecho de que fuera o no cierto lo dicho por la defensa, sino porque dijo que se trataba de valoraciones sobre datos y pruebas que ya no son procedentes, pues el propio exgobernador de Veracruz rechazó combatirlas y aceptarlas para obtener la pena reducida.

Multa sí, decomisos no

En su resolución la magistrada también consideró como correcta la multa de 58 mil 890 pesos que se le impuso a Javier Duarte por los dos delitos, así como la amonestación verbal que se le dictó para no incurrir de nuevo en estas actividades, y la pérdida de sus derechos políticos durante el tiempo en que dure la condena.

Lo que sí revocó – al menos temporalmente – fue el decomiso de los bienes dictados en la sentencia original, pues se trata de propiedades ligadas a otras personas que siguen en proceso o no han sido detenidos, y en donde hay que esperar a la resolución de dichos procesos.

Se trata de aproximadamente 41 propiedades entre las que se encuentran 21 terrenos ejidales en Campeche y 20 casas y departamentos ubicados en Veracruz, Ciudad de México, Estado de México y Guerrero.

¿Qué sigue para Duarte?

La resolución del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal deja en firme la condena impuesta de 9 años de cárcel a Javier Duarte. Como dicho periodo comenzó a computarse desde que fue detenido en abril de 2017, al exgobernador le restarían casi seis años para recuperar su libertad.

Duarte y sus abogados cuentan aun con algunas alternativas como promover una demanda de amparo directo en contra de la condena, en la que podría argumentar violaciones a sus derechos constitucionales. Además, una vez que cumpla más de la mitad de su pena podrá iniciar los tramites para que su liberación se lleve a cabo de forma anticipada, aunque eso depende de que los jueces lo avalen.

Cabe recordar que en contra de Duarte hay otros casos pendientes pero esta condena es la única que lo mantiene hoy privado de su libertad.

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Fuente: Arturo Angel/Animal Político

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